"Además oísteis que fue dicho a los antiguos: No perjurarás; mas cumplirás al Seńor tus juramentos. Pero yo os digo, que de ningún modo juréis: ni por el cielo, porque es el trono de Dios: ni por la tierra, porque es la peana de sus pies: ni por Jerusalén, porque es la ciudad del gran rey: ni jures por tu cabeza, porque no puedes hacer un cabello blanco o negro. Mas vuestro hablar sea, sí, sí, no, no. Porque lo que excede de esto, de mal procede". (vv. 33-37)
Glosa
Nuestro Seńor había enseńado antes que no debe hacerse injuria alguna a nuestro prójimo, prohibiendo la ira como el homicidio, la concupiscencia como el adulterio, y el abandono de la mujer como el acta del divorcio. Ahora, como consecuencia, enseńa que debe evitarse toda injuria contra el Seńor, puesto que prohíbe como malo, no sólo el perjurio, sino también el juramento como ocasión de algún mal. Y por ello dice: "Además oísteis que fue dicho a los antiguos: No perjurarás". Se dice en el Levítico: "No perjurarás en mi nombre" (
Lv 19,12) y para que las creaturas no se hiciesen dioses a su gusto, mandó que todo juramento se atribuya a Dios, y no se haga por las creaturas. De donde ańade: "Dedicarás tus juramentos al Seńor; esto es, si sucediese el que jurases, jurarás por el Creador, y no por la criatura". De donde se dice en el Deuteronomio: "Temerás al Seńor tu Dios, y jurarás por su nombre" (
Dt 6,13).
San Jerónimo
Esto fue concedido entonces a los hombres en la ley, como a nińos, porque así como ofrecían víctimas al Seńor, para que no las inmolasen a los ídolos, así también se les permitía jurar por Dios. No porque hiciesen con esto alguna cosa buena, sino porque sería mejor ofrecer esto al Seńor que a los demonios.
Pseudo-Crisóstomo,
opus imperfectum super Matthaeum, hom. 12
No jura ninguno frecuentemente sin incurrir alguna vez en juramento falso. Así como aquel que tiene costumbre de hablar mucho, algunas veces habla cosas inoportunas.
San Agustín,
contra Faustum 19, 23
Como el jurar en falso es un pecado grave y ninguno está más lejos de incurrir en él que aquel que no acostumbra a jurar, aun cuando sea con verdad, quiso más el Seńor que, no jurando, no nos separásemos de la verdad, que, jurando lo verdadero, nos expusiésemos al juramento falso. Por esto ańade: "Pero yo os digo que de ningún modo juréis".
San Agustín,
de sermone Domini,. 1, 17
En esto confirma la justicia de los fariseos, que es no jurar en falso. No puede ser perjuro el que no jura. Pero como jura todo aquel que trae a Dios por testigo, debe examinarse si aparece que el Apóstol dijo algo contra este precepto, porque él juró muchas veces de este modo, cuando dice a los Gálatas: "Lo que os escribo, lo escribo delante de Dios, quien sabe que no miento" (
Gál 1,20). Y escribiendo a los Romanos: "El Seńor me sirve de testigo, a quien sirvo en mi espíritu" (
Rom 1,9). Puede que alguno diga que sólo está prohibido el juramento, en el cual se dice algo por cuya virtud se jura, y que éste: "El Seńor me sirve de testigo", no es juramento, sino que sería preciso decir: "Por Dios". Es ridículo creer esto así, pero también es menester saber que el Apóstol juró de esta manera, diciendo a los fieles de Corinto: "Hermanos, todos los días muero por vuestra gloria" (
1Cor 15,31). Lo que para que nadie crea que suena como si dijese: "Vuestra gloria me hace morir todos los días", las versiones griegas creen que lo que está escrito no puede decirse por otro que por el que jura.
San Agustín,
de mendacio, 15
Pero no pudiendo entender muchas veces el sentido de las palabras, en las acciones de los santos comprendemos muchas veces cómo deba entenderse lo que fácilmente puede traducirse en otro sentido, cuando no puede confirmarse con ejemplos. El Apóstol juró en sus cartas, y así manifiesta cómo debe entenderse lo que el Seńor dijo: "Os digo, pues, que no juréis en absoluto", no sea que, jurando, vengáis a adquirir el hábito de jurar, porque de la facilidad de jurar se pasa a la costumbre, y de la costumbre al falso juramento. Así es que no se halla que jurase sino escribiendo, en cuya acción la consideración es más distinguida y no tiene lengua que se precipite. Sin embargo, el Seńor dice en absoluto que no se debe jurar. No concedió, pues, esa licencia a los que escribiesen. Como no es lícito decir que San Pablo es reo de un precepto quebrantado, especialmente en sus cartas escritas para la salvación de los hombres, preciso es comprender que aquel adverbio, de
ningún modo, está puesto para que, cuanto te sea posible no lo desees, o como si fuese un bien con cierta delectación, no apetezcamos el juramento.
San Agustín,
contra Faustum 19, 23
En las Escrituras, como hay mayor detenimiento, se encuentra que el Apóstol jura en algunos sitios, para que no haya quien crea que se peca jurando con verdad, y además para que comprenda mejor que los corazones de la humana fragilidad pueden conservarse libres de pecado no jurando y preservándose del perjurio.
San Jerónimo
Ultimamente considera que el Salvador no prohibió jurar por Dios, sino por el cielo y la tierra, por Jerusalén y por tu cabeza. Se conoce que los judíos tuvieron siempre la pésima costumbre de jurar por los elementos. El que jura, o venera o ama a aquél por quien jura. Los judíos, pues, jurando por los ángeles, y por la ciudad de Jerusalén, y por el templo, y por los elementos, tributaban a estas creaturas los honores de Dios, estando mandado en la ley que no juremos sino por Dios nuestro Seńor.
San Agustín,
de sermone Domini, 1, 17
O por lo mismo se ańade: "Ni por el cielo", etcétera, porque los judíos no creían que estaban obligados por el juramento cuando juraban por estas cosas, como si dijese: "Cuando juras por el cielo y por la tierra no creas que por ello dejas de estar obligado al Seńor en todo lo que has jurado, porque te convencerás de que has jurado por El, cuando consideres que su trono es el cielo y su escabel la tierra". Lo cual no se dice aquí como si Dios tuviese miembros colocados en el cielo y en la tierra (como cuando nosotros nos sentamos), sino que aquel asiento de Dios representa el juicio de Dios. Y como tiene una gran parte de su gloria en el universo material de este mundo, se dice que está en el cielo, porque allí se ve de una manera más evidente la fuerza divina de su excelente hermosura. Se dice que tiene la tierra por escabel, porque hace llegar sus órdenes hasta los más pequeńos sitios de todos los confines del mundo (
1Cor 2,15). Hablando espiritualmente, designa con el nombre de cielo a todas las almas santas, y de tierra al pecador, porque el hombre espiritual juzga todas las cosas. Se ha dicho, pues, a la parte pecadora: "Eres tierra y a la tierra irás" (
Gén 3,19). Y el que quiso permanecer en la ley, se colocó bajo la ley, y por lo tanto, oportunamente dice que la tierra "es escabel de sus pies". Prosigue: "Ni por Jerusalén, porque es la ciudad del gran Rey". Lo cual es mejor que decir "Mi ciudad", comprendiéndose que esto es lo que dijo. Y como El mismo es Dios, debe jurar por Dios aquel que jura por Jerusalén. Prosigue: "Ni jurarás por tu cabeza". ¿Qué es lo que puede corresponder a cualquiera con más propiedad que su propia cabeza? Pero ¿cómo diremos que es nuestra, cuando no tenemos poder para hacer que un cabello blanco se vuelva negro? Por ello dice: "No puedes hacer un cabello blanco ni uno negro". Luego cualquiera que jura por su cabeza, parece que ha jurado por Dios, y lo mismo se entiende respecto de lo demás.
San Juan Crisóstomo,
homiliae in Matthaeum, hom. 17,5
Observad que ensalza Cristo los elementos de este mundo, no por su propia naturaleza, sino por la relación que tienen con Dios, para quitar toda ocasión de idolatría.
Rábano
El que prohibió jurar, nos enseńó cómo debe hablarse, diciendo: "Mas vuestro hablar sea, sí, sí; no, no". Esto es, para lo que es, basta decir es, y para lo que no es, basta decir no es. Puede que aquí se diga dos veces es, es, no, no, para significar que lo que afirmas con la boca debes probarlo con las obras y lo que niegas con las palabras no lo confirmes con las obras.
San Hilario in Matthaeum,
4
O de otro modo: no es necesario jurar a los que viven en la sencillez de la fe, porque para ellos lo que es verdad lo es, y lo que no es verdad no lo es, y por esto las palabras y las obras de ellos siempre son verdaderas.
San Jerónimo
La verdad evangélica no necesita de juramentos puesto que toda palabra fiel es un juramento.
San Agustín,
de sermone Domini, 1, 17
El que cree que no debe jurarse en obsequio de las cosas buenas, sino en el de las necesarias, modérese cuanto pueda para que no jure sino cuando haya verdadera necesidad. Como cuando vea que hay hombres malos para creer lo que es necesario creer y que no creen si no se asegura por medio de juramentos. Esto es bueno y apetecible lo que aquí se dice: "Mas vuestro hablar sea sí, sí, no, no. Lo que pasa de ahí procede del mal". Esto es, si te ves obligado a jurar, sabe que esto proviene de la necesidad, que nace de la maldad de aquellos a quienes deseas persuadir de algo, cuya necesidad se llama también maldad, y por ello no dijo: "Lo que excede de esto es un mal" (tú no haces nada malo, puesto que empleas bien el juramento para que persuadas a otro de lo que quieres persuadirle para su utilidad), pero el mal viene de aquél, por cuya debilidad te ves precisado a jurar.
San Juan Crisóstomo,
homiliae in Matthaeum, hom. 17,6
Proviene de lo malo, esto es, de la debilidad de aquellos a quienes la ley permite jurar. Así Jesucristo no dice que la antigua ley es del demonio, sino que de la imperfección antigua conduce a la nueva, más abundante.